“Tu producción no puede quedar en el aire”, ayudas para seguros agrarios de la Junta de Andalucía

EL FARO

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, con explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas y forestales, ubicadas en la comunidad andaluza

Vega de la ciudad de Almuñécar – Costa Tropical (Archivo)

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural gestiona desde hace años una línea de ayudas ligada a la contratación de pólizas de seguros agrarios combinados que cubran riesgos de bienes ubicados en Andalucía dentro del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados del Estado, pudiendo ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, con explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas y forestales

El objetivo que persigue la Junta con estas ayudas es facilitar que los productores andaluces cuenten con elementos de estabilidad que contribuyan a disminuir la incertidumbre que suele afectar a los profesionales del sector agrario debido a su dependencia de aspectos externos a su trabajo.

Contar con una póliza de seguro agrario permite salvaguardar las rentas de las explotaciones frente a adversidades climáticas, enfermedades o accidentes, que pueden producir daños con elevadas pérdidas económicas.

Cuantía y beneficiarios de las ayudas

Las subvenciones que concede la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía complementan a las ayudas que concede la Administración General del Estado, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios. La suma de ambas subvenciones concedidas a cada póliza no puede superar el 75% de la prima comercial base neta.

El límite máximo de ayuda por póliza por parte del Gobierno andaluz es de 5.000 euros; salvo en el caso de las modalidades de contratación bienal de seguro para explotaciones de olivar, que será de 10.000 euros.

Pueden acceder a las subvenciones personas físicas o jurídicas de carácter público o privado que sean titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas ubicadas en Andalucía y suscriban una póliza de seguros. En el caso de las entidades, debe ser una pequeña o mediana empresa (pyme).

Novedades en el pago

Con el fin de responder en mayor medida a las necesidades de los agricultores y ganaderos andaluces, la Consejería de Agricultura está llevando a cabo un proceso de modificación del mecanismo de pago de las ayudas a la contratación de seguros agrarios.

Hasta ahora, el abono se realizaba en diferido; es decir, cuando ya había transcurrido un tiempo tras el desembolso que tenía que realizar el titular del seguro para poder tener acceso al servicio.

Sin embargo, desde 2024 se está implementando el mecanismo de pago de la ayuda de forma inmediata a través del descuento directo en el momento de la contratación del seguro. Este cambio se está realizando de forma paulatina incluyendo cada vez más sectores agrarios para acabar abarcando todas las pólizas.

Cómo realizar el trámite – Relación con la Administración (presencial y electrónica)

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales. En el siguiente enlace puede informarse sobre la aportación de documentos que debe realizar:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=PEG_VEA

Convocatorias de 2024

En total, las última tres convocatorias abiertas en Andalucía en 2024 conllevan una inversión de fondos propios de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural superior a los 15,5 millones de euros. Se calcula que los beneficiarios de estas ayudas en el presente año rondan los 19.000 agricultores y ganaderos.

Para cualquier duda o aclaración, los interesados se pueden dirigir al Servicio de Seguros Agrarios y Adversidades Climáticas de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, a través de la dirección de correo electrónico saac.capadr@juntadeandalucia.es.

*Contenido ofrecido con la colaboración de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Andalucía

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