LOS INCUMPLIDOS VOTOS DE MOTRIL
Me siento a garrapatear estas líneas el 14 de septiembre. Ayer oí la misa dominical que la televisión andaluza retrasmitió desde el santuario de Nuestra Señora de los Ángeles en Alájar y confieso que sentí una punzada de sana envidia al comprobar cómo hay pueblos que a través de los siglos mantienen la voluntad de cumplir los votos que en situaciones de apuro hicieron sus antepasados. Pues frente al vicio de la envidia que, como nos enseña el catecismo, consiste en un pesar del bien ajeno existe otro sentimiento al que se ha dado en llamar “sana envidia” por el que admiramos la excelencia en los demás, nos congratulamos de ella, pero nos desazona no ser capaces de alcanzarla.
Viene esto a cuento de que aquel pueblo serrano conmemoraba el voto que sus ancestros hicieron a la santa Patrona de la localidad con motivo de una epidemia de cólera morbo que en los años de 1833-1834 se cebó en España quedando Alájar indemne a pesar de que la enfermedad llegó hasta las poblaciones limítrofes. Y me pregunté: ¿qué fue de las promesas de nuestros abuelos en ocasiones similares? Por ejemplo ¿Qué queda del voto de Santo Tomás?
Cuenta Manuel Rodríguez Martín en una crónica motrileña publicada allá por 1907 y dedicada a su amigo don Julio Rodríguez y Mezcua, párroco de Timar, que en los años 1522-1523 padeció la costa granadina una epidemia que llamaron “del mosquito” consistente en “una dectilación venenosa que, teniendo su origen en la cabeza fluía al corazón, a la vez que obligaba a estornudar produciendo una muerte instantánea”. Se verificaba el contagio por la proximidad a los enfermos y el contacto con sus ropas, duró bastante y fue crecida la mortandad.
En aquella tribulación acordó la villa encomendarse a Santo Tomás para impetrar su protección obligándose con un voto que por escrito quedó así:
“En el nombre de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres Personas distintas y un solo Dios verdadero, que vive y reina por siempre sin fin: e de la Bien-aventurada Nuestra Señora la Virgen María, Madre de Nuestro Señor Jesucristo, verdadero Dios y verdadero Hombre, e a honra e alabanza del glorioso Apóstol Señor Santo Tomás, Abogado Nuestro e de todos los otros Sanctos e Sanctas de la Corte Celestial = E como sea cosa necesaria a los Rexidores, Gobernadores de los pueblos, e de los que en ellos viven, pues ellos están a su cargo la administración, e han de llevar por ellos las cargas y trabajos e han de trabajar en los quitar, e evitar todo mal e daño, e les han de llevar todo bien que pudieren, pues por la voluntad de Dios fueron escogidos para ello, e son hechos cabeza del Pueblo; e así considerándolo esto, e también como nosotros pecadores son causa de nuestros males, e trabajos, e penalidades, e la sagrada Escritura nos dá exemplo en muchos lugares, que por nuestros pecados muchas veces vienen persecuciones, e hambres, e mortalidades en los Pueblos, e por el arrepentimiento e penitencia de los pecadores, Nuestro Señor hà misericordia de ellos, obra e quita las persecuciones, e mortalidades, e les otorga sus peticiones, e perdona sus pecados: Pues ahora que por su preciosa Sangre e Pasión somos redimidos muy mayor e mejor esperanza debemos tener en su Infinita misericordia; e como quiera que seamos indignos, e nuestras obras no merezcan alcanzarlo; pero procurando los remedios e buscando los rincones de su misericordia con toda instancia e constancia, tomando exemplo en aquella mujer Cananea, que no se cansó en rogar a Nuestro Señor Jesucristo verdadero Dios y verdadero Hombre hasta que alcanzó gracia; e pues el mismo caso nos muestra que es necesario a los Pecadores intercesión, e rogar a Nuestra Señora la Virgen María e a todos los otros santos vien-abenturados por cuios medios è ruegos alcanzaremos la gracia que por nuestros pecados perdimos. = Por ende Nos el Concejo, Justicia e Regimiento desta Villa de Motril que á el presente nos hallamos en ella, conviene a saver: Pedro de Plasencia, Alcalde, e Juan de Castilla e Rodrígo Gill, Rexidores, e Gonzalo de Baena, Jurado, viendo que Nuestro Señor Dios ha enviado en este presente año de 1523 pestilencia en muchos Pueblos de estos Reynos, entre los cuales á comenzado en esta Villa; e de más de haber proveido Físico corporal e medicinas naturales humanas, e considerando lo suso dicho, procuramos devotos implorando la misericordia del Soberano Dios todo Poderoso, que por nuestro remedio se puso en una Cruz e recibió muerte e Pasión, e de su vendita Madre Nuestra Señora la Virgen María e intercesión de aquellos Bien-aventurados Apóstoles Príncipes, e predicadores de la Santa Fee Catholica, que le siguieron, e por los trabajos e muerte que padecieron e recibieron: hicimos trece candelas de cera de su peso e tamaño, la una puesta en nombre de Ntra. Sra. la Virgen María, su Sta. Madre, e arreberencia suia, e las doce a los doce Apostoles, encendidas todas a un tiempo por mano de Niños inocentes, e que ardiesen e se quemasen todas juntas, cada una por sí ante el Altar maior de la Iglesia desta Villa, para que a la postre la que quedare á cuio nombre fuere encendida escrita e puesta aquel mismo Apostol tomásemos como abogado desta Villa contra la enfermedad de la pestilencia e en esta necesidad le rogamos, que siempre fuere intercesor a Nuestro Señor alze e quite de sobre este pueblo su ira, e esta pestilencia e haya de él misericordia e piedad, haciendole para ello gracias e señal e memoria de ello, Ordenamos al servicio de Dios, e honra del Bien-abenturado Apostol Señor Santo Tomás, en cada un año una fiesta perpetuamente para siempre jamás, lo cual fue acordado con el Bachiller Gonzalo Hernández de Herrera, Vicario de la dicha Villa e Beneficiado de ella, e con Juan Sánchez de Guerrero, e Francisco Fernández de la Fuente Beneficiados de la dicha Villa, e con la personas más honradas de ella que presente se hallaron, que fueron Fernando Pacheco, Theniente de Capitán, Alonso de Salas e Jerónimo de la Peña, Escrivanos públicos, e Antonio Román, el Dr, Gerónimo de Quintanilla, Medico, e Alonso de Breña, Cristobal de Breter, e Francisco Ponce, e Juan Ochoa, e todos los otros que se hallaron en día Domingo en la dicha Iglesia maior en una Misa nueva de Juan López, clérigo, al segundo día del Bien-aventurado Evangelista Señor San Marcos; las dichas trece candelas, e guardándolas e velándolas Rodrigo de Haro Escribano Público del Consejo e Cavildo de la dicha Villa hasta el fin de ella. E la candela que quedó a la postre encendida fué la que fué señalada a el Bienabenturado Apóstol Señor Santo Tomás a el cual en nombre del pueblo lo tomamos por abogado contra la dicha pestilencia e votamos, e prometemos, e mandamos que ahora e de aquí adelante para siempre jamás, en cada un año, haremos, e mandaremos, e haremos hacer, a honrra e reberencia del Bien-aventurado Apóstol Señor Santo Tomás, una fiesta en la forma siguiente = Que por haver hecho e acordado la dicha devoción el día del Señor San Marcos Evangelista, el segundo día de las segundas Visperas de la fiesta del Señor San Marcos de cada un año para siempre jamás se dirán unas Visperas e a otro día Misa cantada con Diacono e Subdiacono, la más solemne e honrradamente que pudiere, mas a honrra e alabanza de Dios Nuestro Señor e de la Virgen Santa Maria Nuestra Señora su vendita Madre e de el Bien-aventurado Apostol Santo Tomás e cuia candela quedó encendida a la postre de todas. = E que la haremos, e solemnisaremos con su procesión solemne cuanto más honrradamente e devotamente se pudiera hacer e decir: e que haremos unas andas e Imagen a el Señor Santo Tomas, de bulto, para que el día de la dicha procesión balla en ella: e lo sacaremos en la procesión del Corpus Christi, en la cual dicha procesión concurrirán todos los Vezinos, e moradores que en la dicha Villa hubiere, e procuraremos que el que no fuere sea penado, sino hubiere justa causa, e todos ofrezcan a el Clerigo que dijere la Misa maior, e un vecino pedira limosna a todos los otros, e todo lo que se llegare se repartirá por los pobres vergonzantes de la dicha Villa por dos personas de conciencia diputados para ellos. Y el dicho Vicario e Clerigos Beneficiados estando presentes a la dicha devoción: dijeron: que ellos por sus personas en todos los días de su vida haran, e honrraran, e solemnizaran la dicha fiesta, cuanto más honradamente pudieren sin que por ello lleven salarios, ni dineros algunos, e hansi lo prometieron, que en toda su vida lo harán.
“E Nos la dicha Justicia e Regimiento, en nombre de dicho Pueblo para siempre jamás, en nombre de nuestros succesores, prometemos que honrraremos e solemnizaremos la dicha fiesta, e procuraremos que se selebre con la maior solemnidad e asistencia sin que en ello halla falta alguna: e para que en todo tiempo conste se firma este voto, e promesa en el Libro Capitular desta Villa e lo firmamos = Pedro de Placencia, Alcalde = Juan Castilla, Rexidor = Rodrigo Gill, Rexidor = Gonzalo de Baena, Jurado, El Bachiller Gonzalo Hernández de Herrera, Vicario = Diego Martínez de Ballesteros, Beneficiado, Juan Sánchez de Guerrero, Beneficiado, Francisco Fernández de la Fuente, Beneficiado = Ante mi Rodrigo de Haro, Escribano Público e del Cabildo desta Villa”.
Cuando Rodríguez Martín escribió su crónica todavía se mantenía la costumbre de leer este documento desde el púlpito al ofertorio de la misa cantada del 26 de abril y dos sacerdotes pedían limosnas a los asistentes y vecinos de la plaza de la Constitución para repartir entre los necesitados. Antes de misa salía la procesión de Santo Tomás desde la iglesia mayor al hospital y regreso por Puerta de Granada; y termina: “Pero tengo entendido que ya no se cantan vísperas, no asiste el Ayuntamiento y es escaso el número de fieles que concurren a esos actos religiosos”.
Nuestra conclusión es que, aunque resulta bonito guardar las tradiciones, los votos solo obligan a quienes los hacen y resulta un brindis al sol cargar su cumplimiento sobre las conciencias de la posteridad.