Pablo Castilla Domínguez
«Así lo juramos, botamos y prometemos».
La revalidación del voto de defensa de la Inmaculada
por la Ciudad de Motril en 1677
El 8 de diciembre la Iglesia católica celebra la solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Bienaventurada Virgen María: uno de los cuatro dogmas marianos que proclama que María, desde el instante de su concepción, fue preservada por Dios del pecado original, herencia común de todo el género humano. Si bien la proclamación de esta verdad de fe tuvo lugar en 1854 mediante la bula Ineffabilis Deus del papa Pío IX, no debemos pensar que antes de esta fecha esta festividad era ajena al pueblo fiel. Los testimonios más antiguos sobre esta conmemoración los encontramos en el Oriente cristiano, allá por los siglos VII-VIII. Desde allí los bizantinos la llevarían consigo hasta la Italia meridional, propagándose poco a poco su culto hasta que entró al calendario romano en 1476.
Junto con ello, la Virgen María, en el misterio de su Inmaculada Concepción, es tenida por Patrona principal de España, lo cual se traduce en el carácter festivo de su jornada. Un patronazgo que fue concedido en 1760 a través de la bula Quantum ornamenti del papa Clemente XIII, a instancias del rey Carlos III. Pero, en un proceso paralelo al que hacíamos mención en el anterior párrafo, la vinculación de la monarquía hispánica con la defensa de la Inmaculada Concepción venía de mucho tiempo atrás, pudiéndose hallar los primeros indicios en tiempos de Fernando III el Santo. Pero sería durante los reinados de Felipe III y Felipe IV cuando más se promoviera en Roma la afirmación papal del dogma.
No se encontraban solos los monarcas en su petición. Rápidamente comenzaron a unírseles de manera oficial múltiples instituciones cuyos miembros prometían confesar y defender esta verdad de fe: ciudades, villas, universidades, asociaciones… hacían votos por la Inmaculada Concepción a lo largo y ancho de los dominios reales.
Granada no fue una excepción en este movimiento. Aun cuando la ciudad tenía una larga historia en este campo –no hay más que pensar en el Sacromonte y en su lema «A María no tocó el pecado primero»– la Universidad hizo su voto inmaculista el 25 de noviembre de 1617 y, casi un año después, el 2 de septiembre de 1618, lo realizaron conjuntamente los Cabildos civil y catedralicio. Como testimonio de este último se mandó la erección de un monumento público que lo perpetuase: el Triunfo, que todavía hoy preside los jardines de su nombre, si bien su emplazamiento original fue junto al Arco de Elvira, finalizándose su construcción en 1634 según indica una cartela conmemorativa.
El mismo año en que se inauguró el Triunfo granadino –y no sería descabellado pensar que notablemente influenciado por ese acontecimiento–, el 17 de diciembre, la Villa de Motril se unió a la petición real, jurando también su Concejo «aprobar y ratificar el dicho voto con todas las solemnidades que pide para su validación, como con efecto lo hacemos, votando y con juramento, obligándonos no solo de tener y defender la dicha Inmaculada Concepción, sino de abrazarla con pecho fiel y ánimo reconocido». Un voto que fue publicado y analizado en El Faro por Manuel Domínguez García, cronista oficial de nuestra Ciudad, a partir de una copia publicada en 1865 por el periódico El Amigo del Clero, dado que el libro de Actas Municipales de ese año no ha llegado hasta nosotros. Pocas semanas después Francisco Guardia Martín completó esta información también en El Faro por medio de otra copia transmitida por Manuel Rodríguez Martín, quien fuera cronista oficial de Motril a comienzos del siglo XX. Por nuestra parte, hemos podido acceder a una tercera copia del voto custodiada en el archivo del Monasterio de las Madres Nazarenas de nuestra Ciudad, y que ha tenido la bondad de compartir con nosotros el también cronista oficial Domingo López Fernández.
Sin embargo, la historia inmaculista de nuestra Ciudad no acabó aquí. El 3 de diciembre de 1677 el corregidor motrileño, Juan de Acebedo, convocó a los regidores en las casas del Ayuntamiento para un cabildo extraordinario. Durante el mismo les hizo partícipes de cómo el padre Francisco de Cuenca, superior del convento franciscano de la Inmaculada Concepción –que se levantaba junto a la Casa de la Palma–, había acudido a él para informarle «que tiene noticia que en el tienpo que por esta ziudad se hiço el voto de declarar y defender que la Virgen nuestra Señora fue concebida sin mancha de pecado original por la declarazión de la Bula de Su Santidad y hórdenes que se expidieron por nuestro Rey Felipe quarto, que está en gloria, no se observó la forma que en las demás Ciudades de esta Corona. Y que sería mui del servicio de Dios nuestro Señor que el dicho voto, si estubiese hecho, se revalidase en la forma que se hiço por dichas Ciudades, y si no, se hiciese en dicha forma».
En el acta del voto de 1634 leemos que los miembros de aquel cabildo rogaban a sus sucesores que «perseveren en este reconocimiento y obligación». Pero pronto debió caer en el olvido, pues fue necesario que el corregidor de 1677 mandase traer los libros capitulares antiguos para descubrir la existencia o no del voto. De este modo conocieron el voto originario, precisamente a través de una referencia de 1662, año en que también habían olvidado que el Cabildo secular motrileño había establecido un voto de defensa de la Inmaculada. Pero no termina aquí la historia, pues cuando abrieron el libro de 1634 «se halló escripta una foxa del que su contenido era aver dado principio a dicho voto y juramento, y no prosigue a la buelta y está en blanco por defecto de averlo escripto, con que no se reconoce la forma que se ejecutó».
Efectivamente, en las copias que conservamos del voto originario se describe en primer lugar la decisión de establecerlo; después los escribanos dan testimonio de que fueron al voto; y, por último, el escribano Marcos Treviño consigna que, en presencia de los capitulares «leyó y publicó el voto». Sin embargo no se recoge el acto concreto en el que el corregidor y los regidores prometen el voto de manera personal e individual. Y a la ausencia de esto último es a lo que se refieren en la sesión de 1677: el escribano dejaría la página en blanco para redactarlo en otra ocasión, no llegando nunca a efectuarlo.
En consecuencia se determinó que el día de la Inmaculada «se vaya y asista en el Convento de nuestro padre San Francisco de Asís por Ciudad a la dicha festividad y se revalide y haga el voto y juramento en la forma y con todas las circunstancias que se ubiere hecho en otras ziudades». Y, esta vez sí, conservamos el acta original de este solemne acto de inestimable valor y que describe el protocolo que se siguió en la ceremonia, según transcribimos íntegramente a continuación:
Revalidación voto y juramento que hace esta ziudaden el convento de nuestro Padre S. Franciscode Asís, en que defenderá que la Virgen María Nuestra Señora fue conzevida sin pecado orixinal.
En el nombre de Dios. Amén. En la muy noble y leal Ciudad de Motril, en ocho días de el mes de Diciembre, año del nacimiento de nuestro Redemptor y Salvador Jesucristo de mil seiscientos y setenta y siete, estando en la sala de las casas de el ayuntamiento de esta ziudad, por ante mí, Joseph Juan Carrillo, Scrivano Mayor de el dicho ayuntamiento, se juntó la Ciudad, como lo tiene de costumbre, para yr desde dichas casas al Convento de Nuestro seráfico padre San Francisco de Asís de los descalços de esta dicha Ciudad a asistir a los oficios que en dicho Convento se an de hacer para honrra y veneración de la Limpia Concepción de la Gloriosa Virxen Santa María, nuestra Señora, para revalidar y hacer el juramento solemne de que haora y en todo tiempo defenderán la linpia concepción de nuestra Señora y que fue concevida sin pecado original, conforme al aquerdo que la ciudad zelebró el día tres de este presente mes de Diziembre. Y, cumpliendo y executando el dicho acuerdo, los que se juntaron para el dicho efecto son los cavalleros siguientes:
El Señor Liz. D.Juan de Azevedo, Correxidor y Justicia Maior de esta ziudad por Su Magestad; D.Matheo de la Guardia, D.Francisco de Molina, D.Alonso Moreno, D.Juan Belluga, D.Nicolás Ruiz de Castro, D.Luis de Fonseca, D.FranciscoMoreno, D.Simón de Victoria, el contadorD.Sebastián Laguna, D.Alonso de Cázeres, D.FranciscoTorero, D.Joseph de Tendilla, D.Franciscode Murada, D.Carlos Zareta y D.Joseph Niño, Reguidores; y Juande Madrid, Jurado de esta dicha ziudad. Y, estando así juntos, salieron por la ciudad de la dicha sala del ayuntamiento, yendo delante los porteros con sus maças. Y, luego, se siguía el alguacil mayor. Y, después, Benedicto Antonio de Ortega, Scrivano del ayuntamiento. Y, luego, los señores Jurados. Y, luego, tras dellos, los señores Rexidores, todos por su antigüedad. Y al fin de todos el dicho Señor Correxidor en medio de los dos señores Rexidores más antiguos. Y io, el presente Scrivano Mayor, en medio de la dicha Ciudad. Y en esta manera se fue al dicho Convento de San Francisco, donde en su Capilla Mayor estavan puestos asientos donde se sentó la dicha Ciudad, y començaron la misa, y salió a decirla el Padre fr. Francisco de Cuenca, Guardián de dicho Convento, y se prosiguió hasta dicho el Evanjelio. Y a el ofertorio el dicho Padre Guardián se sentó en una silla junto a la peana del altar mayor, buelta la cara a la Ciudad. Y delante de él estava puesto un sitial, y encima de el dicho sitial un Cristo crucificado y un misal avierto con los Santos evangelios. Y aviendo hecho el dicho Padre guardián una breve plática a la dicha ciudad, luego subió al dicho sitial el dicho Señor Correxidor, y puso la mano derecha en el Cristo y Santos Evanjelios y la vesó, habziendo una reverencia al llegar y otra al volverse, y se bolvió a su asiento, y luego fueron llegando todos los dichos Señores Rexidores y Jurado, uno a uno por su antigüedad, y io, el Scrivano mayor, y mi compañero y todos fueron haciendo la misma ceremonia que el dicho Señor Correxidor avía hecho, puniendo sus manos derechas en el dicho Cristo crucificado y libro de los Santos evanxelios de la manera que lo hiço el dicho Señor Correxidor. Y aviendo buelto todos a su lugar, y estando en él yo, el dicho Scrivano maior, estando en pie y sin sonbrero en el dicho sitial al lado del dicho Padre Guardián leí en altas voces el juramento que la dicha Ciudad havía de haçer y hiço, que es el de el tenor siguiente:
Juramento. Aviendo considerado esta ciudad de Motril las obligaciones que tiene a la Enperatriz de los cielos y Señora nuestra por los comunes veneficios y por la particular merced que nunca puede dignamente celebrarse de averla honrrado y consagrado con su gloriosa presencia, y tiniendo por cierto su preservación del pecado original, de común consentimiento a determinado obligarse por boto y juramento a defenderlo y profesarlo devajo de la benia y proteczión de la Santa Sede Apostólica, a quien siempre a tenido la devida obediencia como Ciudad católica y religiosa, siguiendo el exemplo de nuestros católicos y religiosísimos Reyes en la debozión de esta proposición se a querido juntar en este lugar sagrado, adonde con tantas veras se defiende y con tanta demostrazión se celebra esta memoria para hacer revalidacióndel Juramento y Boto público y solemne que determinó. Y así Motril por su ayuntamiento y en boz y vez de todos sus vecinos y cada uno V. S. por sí y en su nombre delante de Dios omnipotente trino y uno, Padre, Hixo y Espíritu Santo, y de la bienaventurada Madre de Dios, la Virgen Santa María, y de todos los ángeles y santos de la celestial corte, y de todos los presentes a quien propongo por testigos, jura y bota que aora y siempre afirmará y defenderá que la gloriosísima Virgen María nuestra Señora fue conçevida sin pecado original, y que nunca caió en ella esta mancha, sino que fue preservada por los méritos de la redención de su Hixo, nuestro Señor y Redenptor, y que en esta verdad y por ella y por la honra de la misma Sacratísima Virgen y con el ayuda de Dios omnipotente bivirá y morirá. Y así lo jura V. S.a en esta bivífica Cruz y Santos Evanjelios. Y así leído el dicho juramento los dichos S.res Correjidor, Rexidores y Jurado dijeron y respondieron: «Así lo juramos, botamos y prometemos».
Y luego io, el dicho Scrivano Mayor, dixe en alta voz a todos los circustantes que estavan en dicha yglesia y convento presentes al dicho acto, que heran muchos = «Todo el pueblo, por sí y por los ausentes, hacen el mismo boto y juramento que la Ciudad y su ayuntamiento a fecho». A lo qual, a grandes boces, los que estavan en la dicha yglesia dixeron: «Así lo juramos, botamos y prometemos».
Y, luego, el dicho Padre fr. Francisco de Cuenca, Guardián, se bolvió al altar donde prosiguió la misa hasta que la acavó. Y, acavada la misa, la ciudad se bolvió a su casa en la misma forma que bino, a todo lo qual fueron y se hallaron presentes por testigos: El LicenciadoD.AntonioGonzales = FranciscoPalomino = FranciscoRamos = AntonioNúñez = D.Benedicto AntonioOrtega el menor = D. Nicolás Ruiz de Castro el menor = D. Salbador Zareta y D.García Niño Félix JuanCarillo y AntonioJuan Carillo, Jazinto Martín de la Plaza y otras muchas personas.
Y la ciudad acordó, estando ya en las casas de su ayuntamiento, que todos los rezevimientos que desde este día en adelante se hiziesen asy de CaballerosCorexidores como Capitulares y otros qualesquiera oficios titulares, antes de dárseles la posesión, prezeda el azer el mesmo juramento y boto que el contenido, y que sin él no sean rezevidos = Y asimismo acuerda de librar a el Conbento y Religiosos de nuestro Padre San Francisco,donde se a zelebrado este boto, veinteducados de vellón por razón de la asistencia de la Ciudad, adorno y zera que an aumentado de la que esta ziudad dio, y se libran sobre el advitrio de un real en cada aroba de azúcar y demás jéneros de que esta ciudad usa, de que se despache libranza testimonio para que se le pague. El SeñorCorexidor se conformó y se feneció este Cavildofirmándolo todos los Caballeros Capitulares.
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Como indicábamos, un documento de excepcional importancia del que destacamos varios aspectos:
- En primer lugar, la mención a la «Muy Noble y Leal» Ciudad de Motril, título que hasta ahora creíamos concedido por Felipe V en el siglo XVIII, y que por este documento debemos anticipar al reinado de Felipe IV o de Carlos II durante la regencia de su madre, la reina Mariana de Austria.
- En segundo lugar, el detalle en la descripción de la ceremonia: su comienzo en el Ayuntamiento; su ordenada procesión bajo mazas camino del Convento, recorriendo seguramente las calles actualmente denominadas «Puerta de Granada» y «San Francisco»; la crónica del juramento paso a paso.
- En tercer lugar, la participación explícita del pueblo allí congregado, que lejos de ser mero espectador también hace suyo y ratifica el juramento.
En consecuencia, y tal y como se ordena al final, a partir de esta fecha podemos ver cómo en las tomas de posesión de los distintos cargos que componían el Ayuntamiento motrileño siempre se incluía el juramento «de defender la linpieza y Conzepzión de Nuestra Señora». Y de algún modo este juramento también influiría en la dedicación de capillas a la Inmaculada Concepción de la Virgen en las distintas iglesias de Motril, de las que nos quedan testimonios gráficos de algunas de ellas. En resumen, un valioso texto que nos permite descubrir parte de la historia de nuestra ciudad: cómo nuestros antepasados vivieron tal día como hoy hace 346 años.
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Nota de edición: En las transcripciones documentales, en letra cursiva, hemos respetado la escritura originaria, aun cuando no coincidiese con nuestras normas ortográficas actuales. Únicamente nos hemos permitido desarrollar las abreviaturas para facilitar la tarea al lector.