La alcaldesa de Salobreña dicta una resolución de inicio de baja de oficio del empadronamiento de Macarena Olona, candidata a la Junta por Vox

EL FARO

La Policía Local ha realizado varias visitas a la vivienda, emitiendo informe sobre las averiguaciones practicadas, que impiden acreditar que la Señora Olona reside en la vivienda

Macarena Olona, en una intervención en el Congreso de los Diputados (Archivo)

El Ayuntamiento de Salobreña, ante la polémica suscitada por el empadronamiento en la Villa que realizó la candidata de Vox a la Junta de Andalucía, Macarena Olona, ha emitido un comunicado público exponiendo su posición, con un relato pormenorizado de los hechos.

Desde el Consistorio salobreñero se argumenta que tras la presentación de las diferentes candidaturas para las elecciones autonómicas de junio de 2022, el pasado viernes 13 de mayo aparece en varios medios de comunicación la noticia de que la Señora Macarena Olona está empadronada en la casa del presidente de Vox en Granada para poder concurrir a dichas elecciones. En algún medio además, el responsable provincial de Vox, Manuel Martín Montero, también concejal en el Ayuntamiento de Salobreña, reconoce expresamente que ella no vive aquí.

Desde el Ayuntamiento se emite un breve comunicado sobre, exclusivamente, la cuestión de la tramitación del alta en su momento, que fue en noviembre de 2021 y cuyo procedimiento se llevó a cabo conforme a Ley, pues el titular de la vivienda había manifestado entonces que la Señora Olona vivía en su casa. Tras verificar este extremo, el lunes 16 se presenta un dossier de prensa con toda la información que ha aparecido sobre el asunto en el fin de semana y se solicita el informe jurídico oportuno sobre el asunto, puesto que a partir de las declaraciones de Martín Montero existen dudas razonables sobre la veracidad de lo manifestado al Ayuntamiento en la solicitud de inscripción censal.

El martes 17 de mayo el Secretario de la Corporación, indican desde el Ayuntamiento, se emite informe al respecto y con base en el mismo la Alcaldesa inicia, mediante providencia, el procedimiento por el cual se inician los trámites para la baja de oficio de la inscripción padronal, en base a lo recogido en el artículo 72 del Régimen de Población y Demarcación Territorial de las entidades locales. En los dos días siguientes, la Policía Local realiza varias visitas a la vivienda, emitiendo informe sobre las averiguaciones practicadas, que impiden acreditar que la Señora Olona reside en la vivienda.

Ya en el día de hoy, la Alcaldesa ha dictado una resolución de inicio de baja de oficio, que debe otorgar plazo de alegaciones a los interesados. Hasta la finalización de dicho plazo de 15 días y por tanto la resolución del expediente, el Ayuntamiento no tiene ningún pronunciamiento más que la información que ya se ha trasladado.

En paralelo, y fuera del ámbito que a esta institución compete, por parte de uno de los partidos que concurren a las elecciones autonómicas, se interpone denuncia ante la Junta Electoral. Serán dichos organismos, como competentes, quienes a la vista de de todo determinen lo que proceda.

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