R.E.F.
El pleno de Salobreña aprueba por unanimidad la modificación de la Ordenanza Fiscal del IBI con una reducción del tipo impositivo, que pasa del actual 0,75 aprobado para el ejercicio 2020, al 0,71 para el próximo año 2021
En la misma linea que la última modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del IBI realizada el pasado ejercicio, y con el fin de mantener a la baja la presión fiscal sobre nuestros ciudadanos, el Equipo de Gobierno ha llevado hoy a pleno una nueva modificación que pretende mantener el importe que cada hogar aporta por este concepto reduciendo el tipo impositivo y facilitando el acceso a los beneficios fiscales regulados en la Ley.
La modificación de la Ordenanza que se ha aprobado por unanimidad en el pleno de hoy se concreta en una reducción del tipo impositivo, pasando del actual tipo del 0,75 aprobado para el ejercicio 2020, al propuesto del 0,71 para el ejercicio 2021.
“En una situación en la que los hogares de nuestros ciudadanos sufren las tremendas dificultades que en nuestra economía ha ocasionado el COVID-19, desde el Ayuntamiento se pretende seguir dando apoyo a sus ciudadanos en la misma linea de otras medidas aprobados con anterioridad, ha explicado en su intervención la concejal delegada del área, Belén Sánchez.
A ese paquete de medidas se ha referido la alcaldesa, M.ª Eugenia Rufino, calificándolo “como algo abierto que se podrá ir incrementado a medida de las necesidades que vayan surgiendo en todos los sectores y en función de la capacidad de la administración local.
Beneficios fiscales
Igualmente se suprime la limitación del plazo de petición de los beneficios fiscales que había provocado situaciones injustas derivadas de aspectos puramente formales consecuencia del incumplimiento de los plazos, limitados, para presentar la correspondiente solicitud.
En esta linea, Sánchez ha explicado que con esta modificación se regula mas detalladamente la concesión de estos beneficios y sus efectos, incluyendo aspectos de la Administración electrónica necesarios, hoy más que nunca, para facilitar al contribuyente el acceso a estos beneficios.
De esta forma, para facilitar los trámites a los ciudadanos si se reúnen los requisitos para la bonificación una vez solicitada se aplicará automáticamente. Igualmente se regula la posibilidad de que sea el ayuntamiento quien consulte la documentación a la que pueda tener acceso gracias a la colaboración con otras administraciones, liberando así al solicitante de la obligación de peregrinar por distintas ventanillas para obtener la documentación requerida.