R.E.F.
- El presunto autor causó daños en una columna perteneciente a un entorno protegido como patrimonio histórico de la ciudad
- Fue localizado por el servicio de seguridad del recinto monumental durante una ronda de vigilancia y retenido hasta la llegada de los agentes de policía
- El detenido reconoció los hechos ante los policías manifestando que no había pensado en las posibles consecuencias de su acto
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Granada a un individuo de 41 años de edad y sin antecedentes policiales por haber causado presuntamente daños sobre el patrimonio histórico de la ciudad tras haber grabado un nombre sobre una columna. El supuesto autor ha sido puesto a disposición de la autoridad judicial.
Un individuo retenido por los vigilantes de seguridad
Sobre el mediodía del domingo, 2 de febrero, el CIMACC-091 recibió una llamada procedente del servicio de vigilancia de un conjunto histórico artístico de la ciudad manifestando que tenían retenida a una persona que había sido sorprendida causando daños. Una vez en el lugar el coordinador de seguridad del recinto manifestó como uno de los vigilantes a su cargo, durante una ronda de inspección rutinaria, había podido observar como el retenido se encontraba grabando un texto sobre una de las columnas pertenecientes al conjunto protegido, el cual tras ser descubierto hizo ademán de bajar la mano para disimular su destructiva acción. Seguidamente esta persona fue retenida y trasladada a la zona de taquillas para ser entregada a los agentes de policía.
Las averiguaciones realizadas en el lugar pudieron constatar que sobre la mencionada columna había sido grabado un texto de siete caracteres con apariencia de nombre femenino poco común. En ese mismo momento se identificó a una mujer que acompañaba al retenido y cuyo nombre coincidía plenamente con el texto encontrado sobre la columna dañada.
Patrimonio histórico protegido por la Ley
Cabe resaltar que el Patrimonio Histórico de nuestro país se encuentra regulado y protegido al amparo de la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español y por el R.D. 111/1986 de desarrollo parcial de esta ley. A toda esta legislación hay que añadir lo dispuesto en el Código Penal vigente, el cual recoge con claridad y a lo largo de varios artículos dentro del Título XVI y en su Capítulo II titulado “De los delitos sobre el patrimonio histórico”, las conductas punibles, entre las que se encuentra expresamente el “causar daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental…”, que pueden acarrear incluso penas de cárcel.