Ayuntamiento de Almuñécar y los representantes de los trabajadores a través de la Comisión paritaria formada por Junta de Personal y Comité de Empresa han acordado que a partir del día 1 de octubre próximo, la jornada media semanal será de 37 horas y 30 minutos, sin perjuicio de que en aquellos centros o servicios que por sus peculiaridades, régimen de turnos o tipo de actividad, puedan establecerse jornadas semanales de duración superior a la misma, siempre que en cómputo anual, los excesos de jornada en alguna semana sobre la fijada en 37 horas y 30 minutos se puedan compensar en las otras con la disminución proporcional correspondiente. Esto supondrá anualmente 1642,5 horas, según lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para presente año, según informó el concejal de Organización Administrativa, Antonio Laborda.
Laborda recordó que este acuerdo se ha alcanzado tras varias reuniones y base a la citada Ley, como consecuencia de ello, la jornada laboral deberá de aplicarse media hora más cada día, sin derecho a retribución. «Así el nuevo horario que regirá en la mayoría de los servicios y como jornada ordinaria, será de lunes a viernes, desde las 7,45 a 15,15 horas», indicó.
«Será obligatoria la presencia en el horario entre las 8,30 y las 14, 30 horas, no obstante lo dispuesto, existirá flexibilidad horaria de hasta 1 hora y 30 minutos de duración, como máximo, entre las 7:45 horas y las 8:30 horas y las 14:30 y las 15:15 horas. El tiempo a recuperar derivado de la flexibilidad horaria, para alcanzar la jornada ordinaria semanal que en su caso corresponda, se podrá cumplir entre las 16 y 20 horas, de acuerdo con las necesidades del servicio y en función de los requerimientos de los órganos competentes», señala el acuerdo, que también indica, que se podrán realizar éste tiempo flexible las tardes de: lunes, martes y jueves, entre las 16 horas y 20 horas, salvo que por las singularidades del servicio, debidamente motivadas, se acuerde la elección de otros días para el horario de tarde.
El nuevo calendario laboral anual para los empleados municipales sexitanos queda así
365 días/año = 52 semanas y 1 día = 1957,5 horas
22 días de vacaciones = 165 horas
14 días festivos = 105 horas
24 y 31 de diciembre = 15 horas.
Día anterior o posterior a la Patrona = 7,5 horas
Tres días asuntos propios = 22.5 horas. Todo ello suma 315 horas.
Total anual de tiempo de trabajo efectivo: 1957,5 – 315 = 1642,5 horas.